El TSJC lo aclara: Jacobo es policía
El pasado día 05 de mayo salto a prensa una noticia cuanto menos sorprendente, "El Ayuntamiento de Santa Cruz de La
Palma tendrá que nombrar policía local al joven al que hace ya dos años
decidió excluir de forma sorprendente e irregular tras aprobar la plaza.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha vuelto a dar la razón a Jacobo Fernández, un joven que hace ya dos años se presentó a las pruebas de Policía Local en Santa Cruz de La Palma, y tras obtener la plaza fue excluido de forma irregular, tal y como refleja la sentencia, en beneficio de otro de los opositores.
Los hechos se remontan a abril de 2011. Es bueno recordar los
antecedentes para darse cuenta de hasta dónde pueden llegar las
decisiones de la administración o, en su caso, de su personal. La
exclusión de Fernández se debió a una interpretación de la técnica de
Administración General de Servicios Generales de Secretaría del
ayuntamiento capitalino, sobre el requisito de estar en posesión del
permiso de conducción de las categorías A. El joven tenía en su poder el
permiso A2, obtenido el 5 de enero de 2010, después de que entrara en
vigor el nuevo Reglamento General de Conductores, que equipara al A
exigido en la convocatoria y perteneciente al anterior reglamento
general.
Lo extraño fue que tampoco se hiciera mucho caso al certificado
emitido por la Jefa de Servicio de Formación y Seguridad Vial de la
Jefatura Provincial de Tráfico de Santa Cruz de Tenerife, en el que
indica que en la práctica "los permisos A1, A y A+ (nomenclatura
antigua) expedidos antes de la entrada en vigor del reglamento actual,
equivaldrían con la nueva nomenclatura a los permisos A1, A2 y A...".
Los hechos ya fueron relatados por El Día en mayo de 2012, cuando el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Santa Cruz de
Tenerife le dio la razón al inicialmente excluido.
Frente a las apelaciones presentadas tanto por el ayuntamiento, con
Sonia González como procuradora, como por el policía nombrado por
decreto de la Alcaldía de forma irregular, al menos según se contemplan
en las dos sentencias emitidas, el TSJC se fundamenta en la
certificación de Tráfico que acepta la equivalencia entre los carnet A2 y
A para dar la razón a Jacobo Fernández. Además, los apelantes tendrán
que abonar cada uno 375 euros de costas.
El ayuntamiento tiene ahora dos meses de plazo para la ejecución de
la sentencia, sobre la que no cabe recurso ordinario alguno. El grupo de
gobierno estudió en su día la posibilidad de mantener a los dos agentes
en caso de que la justicia le diera la razón a Jacobo Fernández, al
disponer de plazas sin cubrir en el Cuerpo, pero en aquel momento los
servicios jurídicos municipales informaron negativamente sobre esta
opción, al entender que cada plaza debe ser cubierta por concurso.
Los abogados del ahora policía local, que inicialmente debe ser
nombrado en prácticas, pedirán también al ayuntamiento que lo
indemnicen con las retribuciones que ha dejado de percibir durante los
dos últimos años, con los intereses correspondientes. Un coste sobre el
dinero público que curiosamente, o no tan curioso, no recaerá sobre la
técnica que decidió excluir a Jacobo Fernández. Es lo que tiene ser
trabajador a cargo del erario público..."
Lo peor de todo esto es que los administradores públicos juegan constantemente con el sacrificio y voluntad de los aspirantes y opositores. Lo positivo es que el Guardia que debe quedarse fuera seguirá siendo policía puesto que tiene plaza en otro municipio de Tenerife.
Ánimo.
Fuente: El día, 05/05/13
V.Martín, S/C de La Palma
V.Martín, S/C de La Palma
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